SEGURO DECENAL

El seguro Decenal es un seguro que están obligados a tener los edificios de nueva construcción que vayan a ser destinados, principalmente, a viviendas. Consiste en una garantía contra los daños materiales que afecten a los elementos estructurales de éstos siempre que sean causados por vicios o defectos. Con el seguro Decenal se busca proteger a los propietarios que adquieran una vivienda de nueva construcción.

En UBICA le ofrecemos la cobertura básica de estabilidad y las garantías de acabados y habitabilidad. Además, puede ampliar la póliza con la impermeabilización de cubiertas y fachadas, estanqueidad de sótanos, estabilidad de fachadas no portantes, y bienes preexistentes. Le asesoramos en todo momento y le encontramos la póliza que mejor se adapte a sus necesidades.

Sobre el seguro Decenal

El seguro Decenal es un seguro de daños directos para obras de nueva construcción, lo cual facilita una indemnización rápida independientemente de quien sea la responsabilidad del daño. Las obras de nueva construcción o rehabilitación que soliciten licencia de edificación destinadas a viviendas, deberán contratar este seguro que cubrirá el resarcimiento de los daños materiales causados al edificio por vicios o defectos en la estructura que puedan poner en peligro la estabilidad del edificio.

La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) regula los procesos de construcción, con los derechos y obligaciones de los promotores, constructores y compradores de viviendas. El seguro Decenal se incluye en la Ley como de obligatoria contratación para viviendas que vayan a ser comercializadas, con la voluntad de proteger al consumidor final. Tiene la obligación de contratar el seguro Decenal, el promotor o el constructor para proteger a la persona que compre esa vivienda. Así, el asegurado será el propietario de esa vivienda.

El seguro entra en vigencia en el momento que finaliza la obra y da cobertura durante los siguientes 10 años. La garantía decenal cubre los daños materiales causados por vicios o defectos que afecten a la cimentación, el soporte, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales que afecten a la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

Uno de los requisitos que incorpora la LOE es que para poder inscribir una obra nueva en el Registro de la Propiedad, es obligatorio que se acredite la vigencia de la póliza decenal, mediante la presentación de la mismo y su recibo definitivo emitido al final de la obra. Por tanto, el seguro decenal supone una garantía para la seguridad del propietario que compre la vivienda en cuestión.

Las principales coberturas básicas:

  • Garantía del conjunto de la edificación (cimentación, estructura, cerramientos exteriores, obra secundaria, equipos, instalaciones, etc.) para los daños debidos a defectos de material, errores de concepción o de ejecución, que tengan su origen o afecten a las obras fundamentales y que comprometan la estabilidad del edificio.
  • Los gastos de demolición y/o desescombro necesarios en caso de ocurrencia de siniestro contemplado en la póliza.


*Las coberturas básicas pueden variar en función de la compañía aseguradora.

Algunas de las coberturas opcionales:

  • Reparación de electrodomésticos
  • Daños al jardín
  • Joyas
  • Exceso de consumo de agua
  • Filtraciones
  • Testamento online
  • Atraco hasta los 2.600 euros
  • Todo riesgo
  • Y otras coberturas
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